
El Ayuntamiento de Barcelona decidió las pasadas navidades que las luces ornamentales estuvieran encendidas desde las 17:30 h. hasta la 1 de la madrugada de domingo a jueves y hasta las 2 de la madrugada los viernes y los sábados y que además se iluminarán las fachadas de 14 edificios de la ciudad durante la campaña de Navidad. Dado que este horario no cumple la legalidad, se requirió al ayuntamiento que redujera las horas del alumbrado navideño.
Cel Fosc, asociación contra la contaminación lumínica, presentó un requerimiento en el Ayuntamiento de Barcelona para que se cumplieran las disposiciones del Decreto 190/2015 de 25 de agosto de despliegue de la Ley 6/2001 de 31 de mayo de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno.
La respuesta del ayuntamiento fue que la ampliación de las horas de alumbrado navideño fue por cuestiones de seguridad.
Us informem que hem pres nota dels vostres comentaris, i els tindrem en compte per a la propera campanya de Nadal. Alhora indicar que segons informa l'organització de l'enllumenat de Nadal, els llums van romandre oberts per seguretat, es prendran mesures per reduir les hores d'encesa a les indispensables. Lamentem els inconvenients que aquesta situació us hagi pogut ocasionar.
(Os informamos que hemos tomado nota de vuestros comentarios, y les tendremos en cuenta para la próxima campaña de Navidad. A la vez indicar que según informa la organización del alumbrado de Navidad, las luces permanecieron abiertos por seguridad, se tomarán medidas para reducir las horas de encendido en las indispensables. Lamentamos los inconvenientes que esta situación os haya podido ocasionar.)
No satisfecho con esta respuesta, se reenvió la queja al Síndic de Greuges de Barcelona que nos dió la razón en carta del 16 de marzo de 2025 que se adjunta al final del texto. En ella, incluso se ironizó sobre el tema de la seguridad.
D’altra banda, en relació amb el contingut de la resposta en què s’informa que la il·luminació va romandre encesa més hores per motius de seguretat, ens preocupa que en tots els emplaçaments en qüestió pugui existir aquesta problemàtica (de la seguretat) que, tanmateix, entenem que no només hi serà durant els dies de les festes de Nadal.
Per aquest motiu, el consistori haurà de prevenir aquesta presumpta manca de seguretat als espais públics no només durant els dies en què la il·luminació de Nadal es manté encesa, sinó també durant tota la resta de dies de l’any. Cal que estableixi aquelles mesures que consideri més adients atenent a cada zona, sempre que hi concorrin causes justificades, com pot ser la manca de seguretat ciutadana, que ja preveu la normativa que regula la contaminació lumínica.
(Por otro lado, en relación con el contenido de la respuesta en que se informa que la iluminación permaneció encendida más horas por motivos de seguridad, nos preocupa que en todos los emplazamientos en cuestión pueda existir esta problemática (de la seguridad) que, aun así, entendemos que no solo estará durante los días de las fiestas de Navidad.
Por este motivo, el consistorio tendrá que prevenir esta presunta carencia de seguridad en los espacios públicos no solo durante los días en que la iluminación de Navidad se mantiene encendida, sino también durante todo el resto de días del año. Hace falta que establezca aquellas medidas que considere más adecuadas atendiendo en cada zona, siempre que concurran causas justificadas, como puede ser la carencia de seguridad ciudadana, que ya prevé la normativa que regula la contaminación lumínica.)
Continua diciendo que:
... és prou aparent que, el Nadal passat (2024), l’enllumenat exterior i la il·luminació dels catorze edificis de la ciutat de Barcelona van incomplir la legislació catalana de protecció del cel nocturn, ja que es va sobrepassar amb escreix el temps de funcionament establert en horari de nit, atès que es van mantenir els llums encesos des de les 17.30 hores fins a la una o les dues de la matinada, en funció del dia.
(... es bastante aparente que, la Navidad pasada (2024), el alumbrado exterior y la iluminación de los catorce edificios de la ciudad de Barcelona incumplieron la legislación catalana de protección del cielo nocturno, puesto que se sobrepasó con creces el tiempo de funcionamiento establecido en horario nocturno, dado que se mantuvieron las luces encendidas desde las 17.30 horas hasta la una o las dos de la madrugada, en función del día.)
por todo ello dictamina:
Recomanar a l’Àrea d’Urbanisme, Transició Ecològica, Serveis Urbans i Habitatge que, a partir d’ara, prengui les mesures adients per prevenir la contaminació lumínica que genera l’enllumenat nadalenc i la il·luminació d’edificis a la ciutat i que redueixi les hores d’encesa a les indispensables.
(Recomendar en el Área de Urbanismo, Transición Ecológica, Servicios Urbanos y Vivienda que, a partir de ahora, tome las medidas adecuadas para prevenir la contaminación lumínica que genera el alumbrado navideño y la iluminación de edificios en la ciudad y que reduzca las horas de encendido a las indispensables.)
Finalmente el Síndic de Greuges de Barcelona nos ha dado la razón. El alumbrado de Navidad de la ciudad estaba fuera de la legalidad. Estaremos atentos para que esta situación no se vuelva a repetir estas próximas navidades.
RESOLUCIÓ DE LA SINDICATURA DE GREUGES 16 marzo 2025.
Cel Fosc, asociación contra la contaminación lumínica, 25 de marzo 2025.